A veces necesitamos instruir a un familiar o amigo para que reciba algunos documentos importantes o dinero en lugar de usted. Si hablamos de interacción con funcionarios u organizaciones enteras, así como la comisión de una acción legal, entonces un recibo ordinario no será suficiente. Debe emitir un poder en su nombre para realizar determinadas acciones.
Instrucciones
Paso 1
Asegúrese de redactar un poder para la transferencia de documentos a una persona autorizada de un especialista: notario. Todo esto debe estar certificado por su sello y firma. Tan pronto como el poder aparezca en sus manos, solo queda obtener los documentos necesarios o llevar el dinero a su persona autorizada. Básicamente, el poder siempre indica qué documentos debe recibir su representante autorizado, en qué cantidad o cuánto dinero debe llevarse. Tenga cuidado al dibujarlo.
Paso 2
Verifique toda la información requerida y asegúrese de que sea auténtica antes de enviar documentos. El fiduciario debe presentar documentos de identidad verdaderos (por ejemplo, un pasaporte) y un poder notarial, sobre cuya base está obligado a obtener ciertos documentos. El titular debe comprobar si el documento es válido, si el contrato ha expirado. Tiene derecho a hacer una copia si es necesario. Debe asegurarse de que el poder esté firmado por la misma persona que ha expresado su deseo de confiar el derecho a recibir dinero o documentos a una persona de confianza. El titular está obligado a verificar los datos del pasaporte de la persona autorizada y asegurarse de que sea exactamente la persona cuyo nombre se menciona en el poder. El fiduciario, a su vez, deberá comprobar la veracidad y disponibilidad de aquellos documentos que el titular está obligado a cederle. También se debe especificar el número de documentos.
Paso 3
Si todo está bien con los documentos verificados, como fiduciario, ponga su firma en el formulario o actúe en la transferencia de documentos que indiquen ciertos datos. El que ha tomado los documentos necesarios, también pone su firma en ellos. De acuerdo con las reglas, debe haber dos actos de este tipo, uno de ellos se transfiere al destinatario y el otro permanece con el titular.